La denominada Ley Jacinta, recientemente aprobada el 16 de diciembre de 2025, introduce cambios sustantivos en materia de seguridad vial y protección a las víctimas de accidentes de tránsito en Chile. Fortalece el alcance del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), aumentando sus coberturas y reduciendo los plazos de pago, con el objetivo de que el seguro obligatorio entregue una respuesta más efectiva y acorde con la realidad actual de los siniestros viales. La iniciativa, que obtuvo un respaldo transversal, debería entrar en vigencia a principios de 2026, en una implementación gradual.
Desde la perspectiva del sistema de seguros, uno de los cambios más significativos de la ley es el fortalecimiento del SOAP, instrumento que por normativa debe contratarse para obtener el permiso de circulación y que, hasta ahora, mantenía montos de cobertura que no siempre lograban responder a los costos reales derivados de un accidente grave. Con la entrada en vigencia de la Ley Jacinta, las indemnizaciones mínimas por fallecimiento e incapacidad permanente total aumentarán de UF 300 a UF 600 (equivalentes aproximadamente a MM$12 y MM$24 de pesos, respectivamente), mientras que la cobertura por incapacidad permanente parcial se incrementará de UF 200 a UF 400 (cerca de MM$8 y MM$16 de pesos respectivamente).
A estos ajustes se suma una ampliación relevante en la cobertura de gastos médicos, hospitalarios, quirúrgicos, farmacéuticos y de rehabilitación, que alcanzará hasta UF 600. Este cambio amplía de manera sustancial la protección financiera para las víctimas de siniestros de tránsito y sus beneficiarios, permitiendo enfrentar con mayor respaldo los costos asociados a tratamientos prolongados y procesos de recuperación complejos.
En cuanto al impacto concreto de este seguro obligatorio, los registros oficiales permiten dimensionar su relevancia: sólo entre enero y septiembre de 2023 se contrataron alrededor de 5,8 millones de pólizas SOAP y las compañías aseguradoras pagaron aproximadamente 28.400 indemnizaciones, por un monto total cercano a $31,4 mil millones de pesos. Estas cifras reflejan la magnitud operativa del instrumento y el rol que cumple en la protección efectiva de las víctimas de siniestros viales, reforzando la necesidad de actualizar y ampliar sus estándares de cobertura.
La normativa también introduce una mejora en los plazos de pago de las indemnizaciones en caso de fallecimiento. El plazo máximo se reducirá desde los actuales 10 días a 7 días hábiles, con el objetivo de entregar apoyo oportuno a las familias afectadas en un momento de alta vulnerabilidad. Este ajuste refuerza el carácter social del SOAP y pone el foco en la necesidad de una respuesta más rápida y eficiente frente a eventos de alta gravedad.
El fortalecimiento del seguro obligatorio se enmarca en una reforma más amplia a la Ley de Tránsito, orientada a elevar los estándares de seguridad vial y a reforzar la responsabilidad de quienes conducen vehículos motorizados. Uno de los ejes centrales de la Ley Jacinta es el endurecimiento de los requisitos para obtener y renovar licencias de conducir, incorporando la obligación de presentar una declaración jurada en la que se certifique no padecer enfermedades inhabilitantes para la conducción. La entrega de información falsa conllevará la cancelación inmediata de la licencia.
Para la correcta aplicación de este nuevo sistema, la ley establece la elaboración de un reglamento que deberá ser dictado en conjunto por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y el Ministerio de Salud, en un plazo máximo de 12 meses desde su publicación en el Diario Oficial. Dicho reglamento definirá las enfermedades inhabilitantes o restrictivas y permitirá avanzar hacia criterios médicos y psicotécnicos unificados a nivel nacional, cerrando vacíos normativos que habían sido ampliamente cuestionados.
La ley incorpora además nuevas normas orientadas a reforzar la seguridad de niños y niñas en el transporte en motocicletas. Entre ellas, se fija en 12 años la edad mínima para ser transportados como acompañantes, se exige el uso de casco certificado, se establece la obligación de viajar en una posición segura con los pies apoyados en los reposapiés laterales y se prohíbe trasladar menores entre el conductor y el manubrio, práctica considerada de alto riesgo. Estas disposiciones buscan homologar la normativa chilena a estándares internacionales de seguridad vial.
Más allá del ámbito vial y asegurador, la Ley Jacinta introduce una modificación al Código del Trabajo, estableciendo un fuero laboral de un mes para madres y padres trabajadores que enfrenten el fallecimiento de un hijo o hija. En el caso de contratos a plazo fijo o por obra o servicio, la protección se extenderá por ese período o hasta el término del vínculo laboral, lo que ocurra primero, incorporando una dimensión de protección más amplia.
El origen de esta reforma se remonta al fallecimiento de Jacinta González Schnitzer, una bebé de cinco meses que murió en 2022 tras ser atropellada por un conductor que padecía una enfermedad grave e inhabilitante para conducir. Este hecho evidenció falencias en los mecanismos de evaluación y control de licencias de conducir, dando impulso a una iniciativa que hoy se traduce en una de las reformas más significativas en materia de seguridad vial de los últimos años.
Para el ecosistema asegurador e insurtech, la Ley Jacinta plantea desafíos relevantes en términos de procesos, eficiencia y experiencia de usuario, especialmente considerando la reducción de plazos de pago. La rápida y oportuna implementación de estos cambios es una buena oportunidad para implementar soluciones tecnológicas, mayor interoperabilidad y una gestión más ágil de los siniestros en la Industria, consolidando al SOAP como un instrumento clave dentro de la evolución del sistema de seguros y de la gestión del riesgo vial en Chile.
Fuentes:
https://www.segurovision.com/
https://www.mtt.gob.cl/